El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha confirmado una condena de la Audiencia de Cáceres contra un abogado con despacho en Leganés por delitos de deslealtad profesional y estafa en grado de tentativa, tal y como informa el diario extremeño Hoy.
Una mujer, con residencia en la comarca de Las Villuercas (Cáceres) contrató al letrado para que presentara una reclamación contra el Servicio Extremeño de Salud (SES); concretamente, la clienta reclamaba al SES por una diabetes no diagnosticada que derivó en neuropatía sensitiva motora de grado severo. El letrado le aseguró que podría conseguir una indemnización de hasta 600.000 euros, ya que había llevado otros casos similares, para lo cual necesitaba una provisión de 18.000 euros, cantidad que la mujer le entregó en un sobre unos días después sin emitir el acusado factura, ni firmarse ninguna nota de encargo haciendo entrega al acusado de toda la documentación médica.
Sin embargo, este abogado de Leganés tardó 14 meses en presentar un escrito al director del Hospital San Pedro de Alcántara solicitando la cantidad que le prometió a la clienta por daños y perjuicios.
De esta consecuencia era perfectamente consciente el letrado al tardar tanto tiempo en realizar los trámites, lo que demuestra “una absoluta dejación de sus funciones y con olvido del encargo profesional de su cliente”, a pesar de que la afectada se ponía en contacto periódicamente con él para preguntarle el estado de su reclamación, manifestando únicamente que la solicitud seguía su curso y que había pedido una serie de informes”. Un dato falso puesto que, según el fallo judicial, no había presentado ninguna reclamación, circunstancia que averiguó la perjudicada personándose un día en los Juzgados de Cáceres y preguntando en el servicio de información si había algún procedimiento a su nombre, obteniendo una respuesta negativa.
Pese a la insistencia de la víctima, no es hasta 2013, casi cuatro años después del encargo profesional y más de cinco años posteriores a su tratamiento por los médicos del SES, cuando el acusado presenta una querella contra los médicos del servicio de oftalmología y neurología del Hospital San Pedro de Alcántara y contra el propio hospital como responsable civil por un posible delito de lesiones. Dicha querella fue turnada al Juzgado de Instrucción núm. 2 de Cáceres, donde se incoaron diligencias en las que, tras la práctica de diversas diligencias, y hasta tres resoluciones del Juzgado de Instrucción a instancias del médico forense del Instituto de Medicina Legal de Cáceres para que aclarara el ahora condenado cuáles eran las actuaciones médicas que denunciaba, lo que no fue posible, motivó el sobreseimiento libre de las actuaciones el 21 de noviembre de 2014, declarando extinguida la responsabilidad penal por prescripción del delito, auto que fue confirmado por esta Audiencia Provincial el 5 de febrero de 2015.
El acusado no informó de este archivo del proceso penal a su cliente, siendo la mujer la que se enteró del mismo al comparecer un día en los Juzgados de Cáceres y pedir información sobre el particular al acusado.
Puesta de nuevo en contacto con el acusado, el letrado indicó que iba a presentar una demanda civil y que el pleito “estaba ganado seguro” y este, a sabiendas de que el proceso civil no tenía viso alguno de triunfar y con única finalidad de obtener un beneficio económico, le solicitó otros 6.000 euros.
Tras quedar acreditada la mala praxis del abogado, la Audiencia Provincial le condenó a once meses de prisión y 5 meses de multa a razón de diez euros diarios (1.500 euros) por una tentativa de estafa y, por el delito continuado de deslealdad profesional, a 21 meses de multa, también con una cuota diaria de diez euros (6.300 euros). Además, la resolución le impuso la obligación de indemnizar a su clienta con 43.000 euros y la inhabilitación para el ejercicio de su profesión durante tres y años y seis meses.
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