La medida busca frenar el fraude fiscal y obliga a declarar ciertas cantidades transportadas en metálico
La Dirección General de Tributos ha endurecido las normas sobre el uso del dinero en efectivo en España. Desde ahora, cualquier pago superior a 1.000 euros en metálico queda prohibido por ley, tanto entre particulares como entre empresas. La medida pretende luchar contra el fraude fiscal, la economía sumergida y los movimientos opacos de capital, al tiempo que fomenta los medios de pago digitales que permiten un mayor control y trazabilidad.
La nueva normativa afecta a todas las personas físicas y jurídicas. Si alguien realiza un pago en efectivo por encima de ese umbral, ambos —quien paga y quien recibe— incurren en una infracción administrativa. Las sanciones no son menores: la multa puede alcanzar hasta el 25% del importe pagado. Por ejemplo, si se abonan 3.000 euros en metálico por una reforma doméstica, la sanción podría superar los 700 euros. La ley es clara y no admite excepciones, independientemente de que el acuerdo sea de mutuo consentimiento o no implique intención de fraude.
Además, se establecen límites sobre cuánto dinero en efectivo se puede llevar consigo sin tener que declararlo. En el territorio nacional, el máximo es de 99.999 euros, mientras que al entrar o salir del país, el tope baja a 9.999 euros. Superar esas cantidades obliga a presentar el Modelo S1 ante la Agencia Tributaria, ya sea presencialmente, electrónicamente o a través de entidades de crédito. Esta norma busca controlar movimientos transfronterizos de capitales y prevenir su desvío a paraísos fiscales.
En un contexto donde las transacciones digitales son cada vez más frecuentes —Bizum, tarjetas, pagos móviles—, limitar el efectivo parece un paso natural, aunque también genera debate sobre privacidad y libertad financiera. Lo cierto es que la ley ya está en vigor, y no conocerla no exime del cumplimiento ni de las consecuencias legales. Por tanto, conviene estar informado y adaptarse a las nuevas reglas del juego.
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