El Partido Popular de Leganés ha solicitado por carta al alcalde socialista Santiago Llorente que proceda a la devolución de la parte proporcional de la tasa por prestación del servicio de recogida de basuras, del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y de la tasa de veladores en establecimientos industriales, comerciales y profesionales, correspondiente al periodo en el que dichos establecimientos estuvieron cerrados, y con ello sin actividad, debido a la decisión del gobierno de la nación de establecer un confinamiento generalizado por causa de la pandemia.
Esta petición no es nueva y ha sido realizada en varias ocasiones, pero hasta la fecha, “la contestación que se nos ha facilitado ha sido, o bien ignorar la propuesta, o bien tacharla de ilegal o irrealizable; lo cual es falso puesto que se han dado cientos de casos de municipios que no han cobrado a sus empresas en esta coyuntura”, han indicado desde el PP.
Avalado por el Tribunal Supremo
La citada petición, que se basaba en el sentido común, ahora se ve avalada por un reciente escrito del Tribunal Supremo (TS) respecto al IAE, que por analogía podría aplicarse perfectamente a las tasas de basuras y veladores por tratarse de la misma situación: “La paralización de la actividad debido a decisión del Gobierno de la Nación y mantenimiento del cobro por parte de un Ayuntamiento“.
En concreto, el escrito del Supremo dicta textualmente: “si no hay actividad no puede haber hecho imponible y lo contrario implicaría gravar una capacidad económica inexistente, una renta ficticia. Esa conclusión parece todavía más evidente cuando resulta que la falta o disminución de la actividad viene impuesta por el poder público. Resultaría un contrasentido insoportable que el Estado español exigiera el tributo establecido para gravar el normal ejercicio de una actividad que quienes lo gobiernan han decidido prohibir o limitar en su ejercicio ordinario“.
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