El Tribunal Supremo ha decidido reducir las condenas de dos hermanos que violaron a una menor en Madrid, rebajando las penas de 14 y 7 años de prisión a 12 y 6 años respectivamente. Este ajuste se realiza en aplicación de la Ley del solo sí es sí, que establece una normativa más estricta en casos de agresiones sexuales.
Los hechos ocurrieron en abril de 2017 cuando la víctima, una joven de 17 años, acudió al domicilio de los condenados tras ser enviada por su tía para trabajar como cuidadora del bebé de uno de ellos. La joven fue recibida por uno de los acusados, quien, tras explicarle el trabajo, comenzó a hacerle tocamientos sin su consentimiento. Luego, la embriagó con cerveza y la violó mientras estaba en estado de embriaguez.
En una segunda ocasión, cuando la menor volvió al hogar por motivos laborales, fue nuevamente abusada por el otro hermano. A pesar de las pruebas y la declaración de la víctima, la Audiencia de Madrid inicialmente condenó al padre a 14 años de prisión y al hermano a 7 años. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha aplicado la Ley del solo sí es sí, que considera más beneficiosa en este caso, y ha reducido las penas a 12 y 6 años.
La sentencia del Tribunal Supremo también descartó las alegaciones de los condenados, quienes cuestionaban la credibilidad de la víctima debido a contradicciones en su testimonio. El tribunal destacó la coherencia y perseverancia de la joven en su declaración, confirmando la validez de su testimonio.
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